San Jos‚ de Balcarce, 30 de abril de 1982.- VISTO: La determinaci¢n del costo de la Obra Pavimen- taci¢n de calles 4 y 6 e/ 17 y 19 efectuado por la Secretar¡a de Obras y Servicios P£blicos obrante a fojas 2 del Expediente N§00139- B/81 y a fojas 2 del Expediente N§ 00082-B/81, y CONSIDERANDO: Que se ha fijado el valor del metro lineal de frente en la suma de Pesos Cuatrocientos sesenta mil ($ 460.000.-); Que se debe tener en cuenta la variaci¢n de costos habidas en los materiales y en la mano de obra; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Org nica de las Municipali- dades y sus modificatorias, D E C R E T A ------------- ARTICULO 1.- F¡jase el valor del metro lineal de frente para la obra ------------ de Pavimentaci¢n de Calles 4 y 6 e/ 17 y 19 en la suma de Pesos Cuatrocientos sesenta mil ($ 460.000.-).------------------- ARTICULO 2.- Establ‚cense las siguientes modalidades de pago: ------------ a) Contado.- b) Cincuenta (50%) por ciento al contado y resto hasta s‚is (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.- c) Veinticinco (25%) por ciento al contado y resto has- ta s‚is (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.--------------- La erogaci¢n que demande el cumplimiento del art¡culo ARTICULO 3.- Los planes de pago determinados de acuerdo con el art¡- ------------ culo 2§ devengar n los intereses determinados en la re- glamentaci¢n respectiva.-------------------------------------------- ARTICULO 4.- F¡janse las siguientes fechas de vencimiento para esta- ------------ blecer por parte del frentista, la modalidad de pago y efectivizar el mismo de acuerdo con el siguiente detalle: a) Contado: 5 de mayo de 1982.- b) Cincuenta (50%) por ciento al contado: 5 de mayo de 1982.-, y el resto hasta s‚is (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas del 1 al 5 de cada mes, y a partir del mes de junio de 1982.- c) Veinticinco (25%) por ciento al contado: 5 de mayo de 1982.-, y el resto hasta s‚is (6) cuotas mrensuales, iguales y consecutivas del 1 al 5 de cada mes, y a partir del mes de junio de 1982.- ARTICULO 5.- Autor¡zase a la Secretar¡a de Hacienda a resolver las ------------ situaciones que se aparten del presente Decreto.------- ARTICULO 6.- C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las ------------ Secretar¡as Municipales, Contadur¡a, Tesorer¡a, Depar- tamento de Recursos Municipales, Oficina de Tasas y Contribuciones, Oficina de Prensa, interesados y d‚se al Registro Oficial de Decre- tos.---------------------------------------------------------------- DECRETO N§ 168.- ----------------